El interés público en la innovación biomédica

Uno de los proyectos más apasionantes en los que he tenido oportunidad de trabajar recientemente ha sido un estudio sobre el interés público en innovación biomédica, impulsado desde la Fundación Salud por Derecho y del que soy co-autor junto con Irene Bernal.

Podéis descargarlo libremente en Zenodo y os invito, claro, a leerlo. ¡Espero vuestras opiniones!

La presentación del estudio tuvo además bastante repercusión en medios que, aunque no siempre destacan lo que uno espera, sí pone de manifiesto el interés que despierta la transferencia de conocimiento cuando se divulga adecuadamente. Más en un tema tan sensible como la salud y el desarrollo de nuevos medicamentos.

Os recomiendo echar un vistazo a eldiario.es, Diario Médico, El Confidencial o Infolibre, entre otros. O al reportaje que La2 Noticias dedicó al tema.

La investigación médica a examen

El estudio introduce concepto de interés público y lo estudia desde una doble perspectiva: (1) el de la financiación de la investigación e innovación biomédica y (2) el de la transferencia de los resultados obtenidos gracias a esa financiación.

Lo primero, obviamente, es definir qué entendemos por interés público cuando hablamos de innovación o, en otras palabras, a qué valores públicos debe contribuir la innovación. No es una cuestión fácil. Nuestro marco normativo y nuestras políticas públicas insisten en que la investigación debe producir beneficios sociales y económicos, pero no profundizan en la definición de cuáles son estos beneficios -aunque podamos intuirlos- y tampoco aclaran cuáles deben prevalecer en caso de conflicto entre ellos.

En lo que sí podemos estar de acuerdo -y el estudio lo demuestra- es que la participación y la financiación pública en el desarrollo de nuevos medicamentos y tecnologías sanitarias es fundamental. Así pues, creemos que algunos de estos valores públicos serían:

  • La transparencia y la rendición de cuentas en la gestión de los recursos y activos públicos.
  • La visibilización y recuperación de la inversión del sector público.
  • La eficacia y la calidad de la innovación realizada gracias a esa inversión.
  • La accesibilidad y la asequibilidad de los productos finales.

Entonces, ¿se tienen en cuenta estos criterios de interés público en la financiación de la innovación y en la transferencia de los resultados de la misma? Más bien poco.

A partir de un análisis cuantitativo y cualitativo tanto de la financiación de la innovación como de la transferencia y gestión del conocimiento generado gracias a ese financiación, en el estudio ponemos de manifiesto la necesidad de revisar en profundidad varios elementos que sostienen nuestro actual modelo de innovación biomédica.

En primer lugar, es imprescindible consensuar una definición de interés público e incorporarlo en el marco normativo, en las políticas de ciencia en innovación y en los sistemas de evaluación a fin de (i) visibilizar la inversión del sector público y (ii) garantizar el beneficio social de dicha inversión.

En segundo lugar, y a la luz de los drásticos recortes presupuestarios, es necesario disponer de más financiación y recursos la investigación y la innovación biomédica, y asegurar que ésta responde a las necesidades de salud de la población.

En tercer lugar, hay que dotar al sistema de innovación de mayor transparencia y de mejores sistemas de rendición de cuentas. Es un elemento que se repite a lo largo de todo el estudio y que resulta esencial: hay que hacer pública y accesible la información sobre qué innovación se financia, cómo se financia, qué resultados se obtienen, qué resultados se protegen o patentan, a quién y en qué condiciones se transfieren esos resultados y, finalmente, qué ensayos clínicos, fármacos o tecnologías sanitarias se basan en la investigación o financiación pública.

Este último punto es, estoy seguro, el más conflictivo. Como profesional de la transferencia de tecnología soy consciente de ello. ¡Con lo difícil que es hacer transferencia en España, podríamos decir, como para encima complicarlo más!

En este punto creo que cabe hacer una doble reflexión.

Por una parte es cierto que, hasta la fecha, no hemos tenido en nuestro país ningún caso de fármaco descubierto en el sector público que haya llegado al mercado. Pero ese momento va a llegar, más temprano que tarde. Existen un buen número de empresas spin-off españolas en fases clínicas con resultados muy prometedores. Cuando el primero de estos nuevos fármacos, financiados con dinero de todos, obtenga la aprobación de las agencias reguladoras, el debate sobre su precio y su accesibilidad estará servido. Y me atrevo a anticipar que no serán fármacos baratos.

Por otra parte, si se considera con cierta distancia, la transferencia de tecnología desde universidades y centros públicos de investigación a las empresas no deja de ser la privatización de un bien público. Eso no es necesariamente negativo. Sabemos de sobra que la transferencia de conocimiento es la llave a la creación de riqueza y empleo y, por supuesto, al desarrollo de nuevos avances tecnológicos que pueden redundar en beneficio para toda la sociedad. Pero es una privatización que se produce, en general, de manera completamente opaca y desregulada.

Ala, ya está dicho. Pero, ¿no es cierto que si tuviéramos noticia de un colegio o de un hospital que, construido con fondos públicos, se transfiere a una entidad privada sin conocer ni el precio ni las condiciones de dicha transferencia pondríamos el grito en el cielo?

Esto último es algo en lo que el colectivo de transferencia y otreros varios no solemos pensar demasiado (¡con lo difícil que hacer transferencia…!) pero que creo que no debemos obviar.

Eso nos lleva a otro debate, mucho más extenso, sobre cuál debe ser la ética de la transferencia de conocimiento y cuál es nuestra responsabilidad, como profesionales, en la misma.

No me entretengo más. Hacía tiempo que no me acercaba al blog así que estaré encantado de leer vuestra opinión sobre el estudio (¡leedlo, de verdad!) y las cuestiones que de él se derivan.

¿Crees que se tiene suficientemente en cuenta el interés público en la financiación y transferencia de la innovación?

¿Qué mecanismos o prácticas habría que introducir o modificar?

¿Debemos los profesionales de transferencia dotarnos de una ética y de un código, por así decirlo, de responsabilidad social?

Referencia

Óscar David Sánchez Jiménez, Irene Bernal Carcelén (2019). Interés público en la innovación biomédica.
http://doi.org/10.5281/zenodo.2545338

2 comentarios

Andres 7 mayo, 2019 Contestar

Óscar, enhorabuena a ti y a Irene por el libro y las reflexiones que trae. Chapeau!
Muy llamativo el trabajo que hacéis en describir el marco de participación de lo público en la creación de nuevos medicamentos. Como proponéis, empecemos identificando indicadores y promoviendo más transparencia para poder saber mejor donde estamos. En el futuro espero que veamos mejores estructuras públicas para recuperar la inversión. Hay un desequilibrio de tamaño entre las relativamente pequeñas universidades y las multinacionales que acaban llevando a clínica la mayoría de nuevos medicamentos y productos sanitarios. Estas empresas han adaptado sus estrategias de innovación para sacar partido de las estructuras de investigación pública al menor coste posible. Debería haber una interlocución a nivel de grupos de universidades, incluso de países, para poder equilibrar el flujo de transferencia de conocimiento en este sector. Las patentes no cubren una buena parte de situaciones. Una gran cantidad de transferencia ocurre con el reclutamiento de personal con formación específica que pasa años en laboratorios académicos. También con el acceso a investigadores líderes que mueven las fronteras de conocimiento, acceso que las empresas obtienen con su participación en proyectos de varios tipos con relativo bajo coste.
En definitiva, creo que hay ya que discutir sobre mecanismos de transferencia que tengan en cuenta el interés público, y que para que funcionen estos tienen que establecerse a un nivel de estructura que pueda hablar de igual a igual con las grandes empresas que acaban comercializando la mayoría de productos biomédicos. También es útil todo lo que pueda guiar el trabajo de los profesiones individuales o de las oficinas de transferencia, pero hay más que hacer a nivel de países o de UE. La situación me recuerda, en algún sentido es comparable y en otros no, a la de los productores agroalimentarios en España y otros países: Los productores pequeños han ido desapareciendo con precios de venta de su producto a coste de producción o por debajo. Los grandes compradores (cadenas de supermercados) y la presión de las importaciones producidas a costes menores han forzado que el sector se haya ido aglutinando en productores de mayor tamaño.

osvid 8 mayo, 2019 Contestar

Hola, Andrés, ¡gracias por el comentario! Apuntas varias puntos muy interesantes que se esbozan también en el estudio. En efecto, se tiene la percepción de que la transferencia -especialmente en farma- gira en torno a las patentes. Esto es cierto, porque el modelo de negocio del desarrollo de nuevos fármacos se basa en una propiedad industrial muy fuerte. Pero también es (cada vez más) cierto que la transferencia de conocimiento de la academia a la industria no se limita a la «clásica» licencia. Es un proceso mucho más amplio, que ocurre con frecuencia en el marco de contratos y partenariados público-privados de I+D sin mecanismos de transparencia o trazabilidad del conocimiento generado gracias a la inversión pública. Otra cuestión es la escasa capacidad de negociación en un mercado abierto de universidades y centros de investigación que es, en efecto, muy reducida. Y que se alimenta también de las dinámicas de competencia entre las propias universidades y centros, propias de un mercado desregulado y global, como ocurre en la acertada comparación que mencionas. De hecho, hay ya iniciativas de centros que se alían para ser más competitivos este «mercado» de la I+D.

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